5.2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato durante un plazo de catorce (14) días desde la
imposible ejecución del mismo, siempre que se mantenga la vigencia de las medidas adoptadas por las autoridades que hayan motivado la imposibilidad de su
cumplimiento antes de la fecha de inicio del Programa. La pretensión de resolución solo podrá ser estimada cuando no quepa obtener de la propuesta o propuestas de revisión que podrán abarcar, entre otras, el ofrecimiento por parte de Nacel España de bonos o vales sustitutorios al reembolso o el aplazamiento del Programa al curso siguiente, que, en todo caso, quedarán sometidos a la aceptación por parte del consumidor. Se entenderá que no cabe obtener propuesta de revisión cuando haya transcurrido un periodo de sesenta (60) días desde la solicitud de resolución contractual por parte del consumidor sin que haya acuerdo
entre las partes sobre la propuesta de revisión.
En los supuestos en los que el cumplimiento del contrato resulte imposible de acuerdo con lo expuesto, Nacel España devolverá las sumas abonadas por el consumidor, salvo gastos incurridos debidamente desglosados y facilitados al consumidor, en la misma forma en que se realizó el pago en un plazo máximo de catorce (14) días, salvo aceptación expresa de condiciones distintas por parte del consumidor.
6. Transporte y alojamiento: la descripción del tipo de transporte y alojamiento incluido en los diferentes Programas está detallado en las páginas del folleto
correspondientes a cada destino y Programa.
En los programas con alojamiento en familia, independientemente del destino, el consumidor acepta que existe la posibilidad de que se aloje a más de un estudiante internacional por familia.
7.- Alteraciones e incidencias del programa: Nacel España se compromete a facilitar a los consumidores la totalidad de los servicios contratados contenidos en
el Programa, con las condiciones y características estipuladas. No obstante, deberán de tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:
a). En el supuesto de que, antes del inicio del Programa, Nacel España se vea obligada a modificar de manera significativa, algún elemento esencial del contrato
incluido el precio, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del consumidor. Éste podrá optar por resolver el contrato sin penalización, o bien aceptar
una modificación en el contrato. En este último supuesto, Nacel España precisará las modificaciones introducidas, y su repercusión en el precio del Programa.
b). El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte por escrito a la mayor brevedad, y, en cualquier caso, dentro de los seis (6) días siguientes a que le sea notificada la modificación del Programa. En el supuesto de que el consumidor no notifique su decisión a Nacel España en el plazo de seis (6) días, se entenderá que opta por la resolución del Programa sin penalización alguna.
c). En el supuesto de que Nacel España se viese obligada a cancelar alguno de sus Programas por causas no imputables al consumidor, o bien en el supuesto de que el consumidor opte por resolver el contrato al amparo de lo previsto en el apartado a) Nacel España ofrecerá al consumidor un programa alternativo de igual o superior calidad o bien reembolsará al consumidor la totalidad de las sumas abonadas. En este supuesto Nacel deberá indemnizar al consumidor por el incumplimiento del contrato, por los daños y perjuicios causados.
Estas indemnizaciones son las siguientes:
Antes del 1 de junio de 2023: 1.000 €
Después del 1 de junio de 2023: 2.000 €
d). No existirá obligación por parte de Nacel España de indemnizar al consumidor cuando la cancelación del Programa se deba a causas de fuerza mayor y se
notifique la cancelación al consumidor sin demora indebida antes del inicio Programa así como si ésta cancelación se realiza con el objeto de proteger la integridad del participante o obedezca a decisiones de terceras personas o partes distintas a Nacel: situaciones imprevistas del proveedor, cambio en las regulaciones aduaneras, cancelaciones de vuelos por las compañía aéreas, etc.
e) En el caso del programa con colegio público y familia voluntaria (visado J1), tampoco existirá la obligación por parte de Nacel España de indemnizar
al consumidor cuando, en base de las normas establecidas por el Departamento de Estado de Estados Unidos, el alumno/a no haya sido admitido por ninguna familia anfitriona y/o colegio antes del 31 de agosto del año de comienzo del curso.
f) Sin perjuicio de poder acudir a la vía administrativa o judicial que se considere oportuna, las diferencias y/o reclamaciones que, a juicio de los consumidores, surjan durante el desarrollo del Programa contratado, deberán ser puestas en conocimiento de la Organización responsable del programa en el país de destino, con la finalidad de ofrecer una solución satisfactoria con carácter inmediato. En el supuesto de que la solución propuesta por la Organización responsable en el país de destino no sea satisfactoria para el consumidor, éste podrá presentar una reclamación por escrito ante Nacel España. Esta, tras recabar la
documentación pertinente, responderá a la reclamación planteada por el consumidor en un plazo máximo de treinta (30) días.
8.- Usos y costumbres de los países en que se desarrollan los programas, y normas de obligado cumplimiento durante el desarrollo del mismo: el consumidor debe adaptarse al modo de vida y costumbres del país en que se desarrolla el Programa contratado. Las normas de conducta en los países de destino, los usos y costumbres, las comidas, horarios, las distancias, y, en general, el estilo de vida de los países en que se desarrollan los diversos Programas suele ser muy diferentes al modo de vida y costumbres habituales en España. En este sentido, el consumidor debe adaptarse a las mismas y tener en cuenta que la familia de
acogida puede ser familias con hijos de la edad, sin hijos, monoparentales, homoparentales o unipersonales.
El consumidor se compromete a respetar las leyes del país de destino en que se desarrolle el Programa, así como las Normas de disciplina de las diversas Organizaciones, Colegios, Centros, Escuelas, etc., que colaboran con Nacel España en la realización del Programa. En particular, el consumidor se compromete a la asistencia a clase, a mantener un buen rendimiento escolar y a respetar las prohibiciones de consumo y posesión de tabaco, vapeo, alcohol, drogas etc., así como el uso de armas de fuego. Nacel España entregará al consumidor una copia de las Normas de disciplina aplicables a los diversos Programas. En caso de incumplimiento por parte del consumidor de las leyes del país de destino en que se desarrolla el Programa, o incumplimiento de las Normas de disciplina de las diversas Organizaciones, Colegios, Centros, Escuelas, etc., posesión o consumo de alcohol, tabaco, drogas, el consumidor será expulsado del programa.
En tal caso, deberá asumir los gastos originados por su regreso anticipado a España, al margen de cualquier otra responsabilidad debida al dolo o negligencia del
participante.
9.- Pasaportes, visados y documentación: todos los consumidores que contraten los Programas de Nacel España deberán llevar en regla su documentación
personal (pasaporte individual y DNI, visados, ESTA para los Programas en EE.UU y eTA para los Programas en Canadá), de acuerdo con la normativa del país
donde se desarrolle el Programa contratado. La obtención de los visados, cuando la legislación del país en que se desarrolla el Programa así lo requiera, deberá
ser realizada por el consumidor.
Para los alumnos que hayan contratado un Programa académico en Canadá corresponderá a los progenitores, tutores y/o representantes legales los trámites y costes del Permiso de Estudiante “study Permit” y datos biométricos.
En aplicación de lo dispuesto en la “Instrucción número 10/2019 de la Secretaría de Estado por la que se regula el procedimiento para otorgar el permiso de viaje fuera de territorio nacional para menores”, los menores de 18 que viajen fuera del territorio nacional y no vayan acompañados por sus representantes legales (progenitores y/o tutores) precisarán además del DNI o Pasaporte, declaración firmada de permiso de viaje para menores o personas con capacidad modificada judicialmente. Dicha declaración deberá ser tramitada por los representantes legales (progenitores y/ o tutores) del menor ante uno de los
siguientes organismos oficiales: Policía Nacional, Guardia Civil, Ayuntamiento, juez o notario.
En caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del consumidor, o ser denegada su entrada en el país por carecer
de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación referida, o por no ser portador de la misma, el consumidor asumirá cualquier gasto que se
origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de cancelación voluntaria de los servicios.
10.-Seguros: Todos los estudiantes están cubiertos por un seguro médico, de accidente y repatriación por causas médicas. El participante y sus padres tendrán acceso a una descripción detallada de la cobertura antes de la salida. Los alumnos que viajen a países europeos deberán proveerse de la Tarjeta sanitaria europea de la Seguridad Social. Este seguro sólo es válido para programas en el extranjero.
11.- Tratamiento médico, farmacológico y/o quirúrgico: el participante deberá poner en conocimiento de Nacel España si está sometido a algún tratamiento médico y/o farmacológico durante su estancia en el país de destino y durante todo el tiempo que dure el programa. Se entiende que, al tiempo de comenzar el programa, el participante goza de una perfecta salud física y mental y que la información médica que le acompaña al dossier del programa es verdadera y completa. En caso contrario, la empresa Nacel España se exime de cualquier tipo de responsabilidad derivada de la falsedad de estas informaciones. En el caso
de que un consumidor, menor de edad, se encuentre en situación de necesitar tratamiento médico, y/o de ser internado y/o intervenido quirúrgicamente sin que Nacel España hay podido localizar a sus progenitores, tutores y/ o representantes legales, Nacel España queda autorizada para tomar las medidas que considere más oportunas para tratar de salvaguardar la salud del consumidor.
12.- Organización técnica de los viajes: en el supuesto de que el consumidor solicite a Nacel España el viaje, la organización técnica de los viajes a los destinos
en los que se desarrollan los diferentes Programas, será realizada por una agencia de viajes con CICMA autorizado numero 59. Nacel España actúa únicamente como intermediario entre el consumidor y la Agencia de Viajes.
13.- Autorización paterna (para programas con menores de edad): autorizo a mi hijo/a desplazarse al extranjero, con el fin de asistir al Programa organizado
por Nacel España. Acepto que Nacel España puede dar por terminada la estancia de mi hijo/a en el Programa en cualquier momento si considera que existe una
condición que puede ir en detrimento de la salud o la seguridad del alumno o de otros estudiantes. Nacel España no se hará responsable ni financieramente ni
de ninguna otra índole de una expulsión o regreso anticipado del participante por razones de indisciplina, enfermedad o condición psíquica o emocional de la
que no haya sido informada previamente. Los gastos de viaje, tanto solo como acompañado, deben ser costeados por parte de los progenitores, tutores y /o
representantes legales del participante. Envío a mi hijo/a porque considero que es suficientemente maduro/a para hacer frente a las situaciones diarias y a
cualquier situación inusual que pudiera surgir. Asumo y declaro expresamente que cualquier decisión relativa al Programa debe ser comunicada de forma fehaciente a Nacel España, incluso la decisión de abandono del mismo. Confirmo que la información recogida en la solicitud es veraz y, además, garantizo que no hay nada en el historial médico de mi hijo/a que le impida participar en el Programa. Entendemos que el participante está sujeto a la autoridad directiva y al profesorado del colegio donde pudiera ser asignado y que deberá seguir las normas que Nacel España o la organización en destino establezca. Nacel España se
reserva el derecho de dar por terminada la participación en el programa de todo individuo cuya conducta así lo exija, por considerarse detrimental o incompatible con el espíritu, interés o seguridad del Programa. También conocemos el hecho de que fumar, consumir alcohol o la posesión o consumo de drogas es motivo automático de expulsión del Programa. Si esta decisión fuera tomada, el participante y sus progenitores, tutores y/o representantes legales no tendrán derecho a reembolso alguno, y deberán abonar la diferencia de coste que se produzca si el participante no vuelve a España en el vuelo y compañía programados desde el comienzo del Programa.
14.-Información básica sobre protección de datos de carácter personal: de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de datos personales, los datos del participante enviados por el mismo, sus progenitores, tutores y/o representantes legales serán tratados bajo la responsabilidad de Nacel España con la finalidad de gestionar su Programa en el extranjero.
La base legal para el tratamiento es contractual, de forma que al firmar el contrato el participante, sus progenitores, tutores y/o su representante legal consiente
expresamente en el tratamiento de sus datos, necesarios para la gestión del Programa contratado. Asimismo, al firmar el contrato consiente expresamente en que los datos necesarios para el desarrollo del Programa sean transferidos a las empresas o entidades colaboradoras de Nacel España en el país de destino. En aquellos casos en los que el participante facilite sus datos de salud, consiente expresamente en su tratamiento y transferencia a otras entidades que vayan a acogerle/alojarle en el país de destino, sobre la base del adecuado desarrollo contractual del Programa y por ser necesario para proteger los intereses vitales del participante o de otra persona física.
Sobre la base del interés legítimo de Nacel España, el participante, sus progenitores, tutores y/o representantes legales podrán recibir publicidad y/o comunicaciones comerciales de Nacel España. En cualquier momento podrá oponerse al tratamiento de sus datos con dicho fin. El participante, sus progenitores, tutores y/o representantes legales tienen derecho a acceder, rectificar, suprimir y portar sus datos personales, y a limitar u oponerse a su
tratamiento.
Estos derechos están especificados en la información adicional sobre protección de datos disponible en el Consentimiento informado adjunto y puede solicitarla
en el correo electrónico info@nacel.es.
15.- Vigencia: la vigencia de estas condiciones generales es la del Folleto del año en curso.
16.- Integridad del contrato: en caso de que cualquier cláusula de las presentes condiciones sea declarada nula, las demás cláusulas seguirán vigentes y se
interpretarán teniendo en cuenta la voluntad de las partes y la finalidad misma de las presentes condiciones, Nacel España podrá no ejercitar alguno de los
derechos y facultades conferidos en este documento lo que no implicará en ningún caso la renuncia a los mismos, salvo reconocimiento expreso por parte de
Nacel España.
17.- Resolución de conflictos: Cualquier conflicto relativo a los programas será resuelto por los Órganos Jurisdiccionales competentes, según la legislación
aplicable. Nacel España no se encuentra adherida a ningún sistema arbitral de las Juntas de Consumidores.
18.- Prescripción de acciones: Las acciones derivadas de este contrato prescribirán por el trascurso de dos años.
19.- Desistimiento: el consumidor podrá desistir del contrato en el plazo de catorce (14) días naturales desde la formalización del mismo. Para ello, deberá
notificarlo por escrito a Nacel España en ese plazo, y tendrá derecho a la devolución de todas las cantidades que hubiera abonado por el Programa, incluyendo el
pago realizado en concepto de reserva de plaza.
20. Datos de contacto en caso de emergencia: se proporcionarán con el Dossier informativo.
21.- Aceptación de estas condiciones: la opción por parte de los consumidores de operar sus Programas por medio de Nacel España supone la aceptación por
parte de los mismos de todas las Condiciones aquí contenidas, así como de las propias que rigen en cada uno de los destinos operados a través de nuestra
Organización.
22.- Condiciones particulares de los programas: según contrato otorgado entre las partes, en cada caso, así como las que se establezcan para cada Programa